Imagen
amt-circle-icon.svg

Agencia Municipal Tributaria

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia en sesión de 27 de mayo de 2004 aprobó el Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Murcia, que en su artículo 25, de conformidad con el artículo 135 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece la existencia de un órgano de gestión tributaria, denominado AGENCIA MUNICIPAL TRIBUTARIA, responsable de ejercer como propias las competencias que a la Administración Tributaria Local le atribuye la legislación tributaria.

Para la consecución de una gestión integral del sistema tributario municipal, regido por los principios de eficiencia, suficiencia, agilidad y unidad en la gestión, corresponde a este órgano, al menos, las siguientes competencias:

  • La gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los actos tributarios municipales.
  • La recaudación en período ejecutivo de los demás ingresos de derecho público del ayuntamiento.
  • La tramitación y resolución de los expedientes sancionadores tributarios relativos a los tributos cuya competencia gestora tenga atribuida.
  • El análisis y diseño de la política global de ingresos públicos en lo relativo al sistema tributario municipal.
  • La propuesta, elaboración e interpretación de las normas tributarias propias del ayuntamiento
  • El seguimiento y la ordenación de la ejecución del presupuesto de ingresos en lo relativo a ingresos tributarios.

Se publican en esta web la Normativa, el portal de Transparencia, los Convenios, y las Memorias anuales. Además puede consultar las Entidades Colaboradoras y los Certificados de calidad.

 

Organigrama AMT 2024

Organigrama

Planes de actuación para ejercicio 2021